Validez jurídica de la Constitución

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMAPedro le vente a Juan una casa, y, el jurista se pregunta el porqué es válida esa venta; entonces se encontrará con una norma de carácter superior que le dará respuesta satisfactoria a su inquietud. En la legislación Colombiana sería el artículo 1602 del Código Civil que di...

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Main Author: Tamayo Jaramillo, Javier
Format: Article
Language:Spanish
Published: 1973
Subjects:
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5212446
Source:Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, ISSN 0120-3886, Nº. 47, 1973, pags. 92-112
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Summary: PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMAPedro le vente a Juan una casa, y, el jurista se pregunta el porqué es válida esa venta; entonces se encontrará con una norma de carácter superior que le dará respuesta satisfactoria a su inquietud. En la legislación Colombiana sería el artículo 1602 del Código Civil que dice: "Todo contrato legalmente celebrado es una ley para  las partes…". Pero no contento con esta respuesta, el jurista se preguntó por lo validez jurídica de este artículo. Investigando entonces, hallará respuesta o su inquietud en una norma de carácter superior, que, en nuestro ordenamiento jurídico es el artículo 30 de la Constitución Nacional que dice: "Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con justo título... ". Pero, insatisfecho con esto respuesta el jurista se pregunta por la fundamentación jurídica de dicha norma; y he aquí el cuello del problema; porque ya no vamos a encontrar una norma escrita que le dé validez al artículo 30 de la Constitución Nacional. ¿Qué solución darle a este problema que se nos plantea y cuya respuesta será la que se le dé a la pregunta por la validez del total del ordenamiento jurídico?. (…)