Las incorrecciones del Estado en el sector telecomunicaciones después del sismo del 15 de agosto
A propósito del terremoto ocurrido el 15 de agosto pasado, los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones fueron objeto de críticas debido a una supuesta vulneración al principio de continuidad del servicio en una situación de emergencia.No obstante, no se advirtió que de acuerdo a n...
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Main Authors: | , |
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
2008
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Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=8176819 |
Source: | Revista de Derecho Administrativo, ISSN 2074-0956, Nº. 5, 2008, pags. 150-161 |
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A propósito del terremoto ocurrido el 15 de agosto pasado, los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones fueron objeto de críticas debido a una supuesta vulneración al principio de continuidad del servicio en una situación de emergencia.No obstante, no se advirtió que de acuerdo a nuestra Constitución Política, el Estado tiene como una de sus funciones básicas, asegurar el bienestar y seguridad de la población y, como tal, es el propio Estado el obligado a adoptar las medidas necesarias que permitan enfrentar acontecimientos de tal naturaleza.Realizando una comparación con la experiencia extranjera y las posibles medidas a adoptarse, el presente artículo aclara cuáles debieran ser las acciones a tomar por parte del Estado, criticando la idoneidad de aquellas medidas adoptadas por el nuestro. |
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