Inter Sanctam Sedem et Rempublicam Guineae Aequatorialis de relationibus inter catholicam ecclesiam et statum
Texto del acuerdo entre la República de Guinea Ecuatorial y la Santa Sede, publicado en Acta Apostolicae Sedis, año y volumen CV, nº 11 (1 de noviembre de 2013), pp. 987-1000. A Guinea Ecuatorial le fue concedida la independencia por España el 12 de octubre de 1968. Previamente en 1964 se le hab...
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Format: | Article |
Language: | Latin |
Published: |
2015
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Subjects: | |
Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=7442140 |
Source: | Revista crítica de Derecho Canónico Pluriconfesional, ISSN 2387-1873, Nº. 2, 2015, pags. 256-261 |
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Texto del acuerdo entre la República de Guinea Ecuatorial y la Santa
Sede, publicado en Acta Apostolicae Sedis, año y volumen CV, nº 11 (1 de
noviembre de 2013), pp. 987-1000. A Guinea Ecuatorial le fue concedida la
independencia por España el 12 de octubre de 1968. Previamente en 1964 se
le había reconocido la autonomía. El territorio que ocupa es continental, Río
Muni, e insular, con las islas de Bioko (antiguamente Fernando Poo),
Annobonne, Corisco, Elobey Grande y Elobey Chico. La capital es Malabo,
antiguamente Santa Isabel. Bata es la capital de Río Muni, siendo la segunda
ciudad en importancia. La lengua oficial es el español pero también se habla el
francés como segunda lengua debido a la influencia derivada de pertenecer al
concierto económico de la zona francófona, siendo su moneda el franco CFA.
Es de notar que el concierto está constituído por los países limítrofes entre los
cuales destacamos Gabon, Congo Brazzaville y Camerún, junto a otros, todos
ellos de habla francesa. Teodoro Obiang Nguema Mbasogo asumió el poder
tras un cruento golpe de Estado que derrocó a su tío el primer presidente electo
de Guinea Ecuatorial, Francisco Macías Nguema en 1978. Desde entonces
Obiang ha ganado las elecciones presidenciales con un sospechoso 98% ó
99% de los votos todas las veces que las ha convocado, sin oposición
significativa. Lo que, al parecer, le convierte en dueño absoluto de Guinea
Ecuatorial y da a entender que, cuando falte, le ha de suceder un heredero,
uno de sus hijos. El asunto resulta ciertamente alarmante, ya que se trata de
una república presidencialista y no de una monarquía. Por otro lado, los
beneficios procedentes del petróleo, el café, la madera, etc., no da la impresión
de que lleguen en su justa medida a la población civil con un nivel real de
pobreza apabullante. La mayoría de la población es de religion católica. En el
clero católico se observa la subsistencia de algunos casos de la antigua
institución de la barraganía clerical con prole. El texto del Concordado entra en
detalles referentes a la comunicación del nombramiento de obispos, derecho
de asociación y respeto al sigilo sacramental que impide que los obispos y los
sacerdotes puedan ser interrogados por las fuerzas de seguridad del Estado
sobre aquello que hayan podido tener conocimiento a través del sacramento de
la penitencia. El Estado reconoce la contribución de la Iglesia católica al
desarrollo humano, social, cultural y espiritual de los habitantes de Guinea
Ecuatorial. A los efectos de registro, la Iglesia católica tiene que comunicar al
Estado las modificaciones que establezca en sus estructuras corporativas
dentro del Estado ecuatoguineano. Se dedica un parágrafo de un artículo a la
posibilidad de que algún lugar de culto pudiera representar un riesgo grave
para la seguridad del Estado, las personas o los bienes. El Estado reconoce
civilmente el matrimonio canónico, si se ha producido la inscripción en el
Registro civil. Se fija también el reconocimiento de los títulos de estudios
otorgados por los Institutos de Ciencias Eclesiásticas |
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