El impacto de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local, en la distribución de competencias en materia de educación, salud, sanidad y servicios sociales
El presente artículo tiene por objeto analizar en qué medida la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, incide directamente en la regulación estatal sectorial y en la normativa autonómica, sea ésta estatutaria u ordinaria, local o sectorial, e...
Saved in:
Main Author: | |
---|---|
Format: | Article |
Language: | Catalan |
Published: |
2015
|
Subjects: | |
Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5232831 |
Source: | Revista d'estudis autonòmics i federals, ISSN 1886-2632, Nº. 22, 2015, pags. 219-263 |
Tags: |
Add Tag
No Tags: Be the first to tag this record
|
Summary: |
El presente artículo tiene por objeto analizar en qué medida la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración
local, incide directamente en la regulación estatal sectorial y en la normativa
autonómica, sea ésta estatutaria u ordinaria, local o sectorial, en los ámbitos
de la educación, la sanidad, la salud y los servicios sociales. Con esta finalidad,
en primer lugar se expondrán, de forma detallada, las variaciones que
la citada norma trata de implantar en el marco competencial de los ayuntamientos
españoles, tanto mediante la modificación de los apartados 2º y 3º
del artículo 25 de la LBRL y la adición de los parráfos 4º y 5º al mismo, como
a través de sus disposiciones adicionales decimoquinta y transitorias primera,
segunda y tercera; y, en segundo lugar, se estudiará no sólo la viabilidad
constitucional de la limitación y condicionamiento del sistema de atribución
de competencias a los municipios que la citada Ley incluye en el antedicho
artículo 25, sino también la legitimidad y el eventual alcance –tanto en el
plano jurídico como en el práctico– de la pretensión de transferir determinadas
funciones, en los campos indicados, de aquéllos a las comunidades
autónomas, sobre dicha nueva base normativa. |
---|