Algunas reflexiones sobre la nueva regulación del derecho del trabajador frente al ejercicio abusivo del Jus Variandi por parte del empleador

La reciente reforma introducida al art.66 de la Ley de Contrato de Trabajo por Ley 26.088 (B.O.24-04-06), coloca en manos de trabajador una vía procesal específica destinada a neutralizar la ejecución por parte del empleador de cualquier variación unilateral de las condiciones esenciales contemplada...

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Main Author: Sachet, Osvaldo Héctor
Format: Article
Language:Spanish
Published: 2007
Subjects:
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5028514
Source:Cartapacio de Derecho: Revista Virtual de la Facultad de Derecho, ISSN 1850-0722, Nº. 12, 2007
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Summary: La reciente reforma introducida al art.66 de la Ley de Contrato de Trabajo por Ley 26.088 (B.O.24-04-06), coloca en manos de trabajador una vía procesal específica destinada a neutralizar la ejecución por parte del empleador de cualquier variación unilateral de las condiciones esenciales contempladas en la génesis del primitivo acuerdo de voluntades.- Se modifica de este modo el régimen hasta entonces vigente que regula el derecho del empresario de disponer todos los cambios inherentes a la forma y modalidad de la prestación del trabajo, habilitándose una opción directamente orientada al restablecimiento de las condiciones alteradas.- Esta innovación, que ha sido recibida casi sin excepción con elogios por la doctrina vinculada a la disciplina laboral, genera algunas otras consecuencias ajenas a la mencionada incursión procesal, que no resultan de menor entidad a la hora de abordar un análisis mas general de la reforma.- Partiendo de una pacífica interpretación del régimen hasta ahora vigente, que asignaba al dependiente afectado por la medida únicamente la posibilidad de colocarse en situación despido, la existencia de una variante que permite impedir la ejecución de la decisión ilegítima y paralelamente preservar el vínculo contractual, se proyecta con no menor trascendencia en torno a esta y otras vicisitudes que experimenta el contrato nacido con vocación de permanencia.- Este trabajo persigue poner de resalto sólo dos costados de sus secuelas: Por un lado la valoración judicial de la decisión extintiva que eventualmente pudiese adoptar el trabajador, en tanto la recientemente consagrada acción procesal no resulta de tránsito obligatorio para el damnificado, que habrá optado entonces por desechar aquella alternativa que supone la conservación del contrato de trabajo.- Por otro, la apreciación de su voluntad, cuando esta fuese exteriorizada a través de un “comportamiento”, en orden a la convalidación tácita de la variación abusiva que, de no afectar el orden público laboral podría derivar en una novación objetiva del contrato.- Se ha pretendido mediante una visión crítica de la innovación normativa, poner en evidencia algunas otras de sus consecuencias que han pasado inadvertidas o no han merecido un lugar sobresaliente para sus promotores y analistas.-