El tratamiento del salario y los beneficios sociales en los Planes de Igualdad: insuficiencias y buenas prácticas

El presente estudio pretende subrayar que, desde la perspectiva de su conformación y contenido, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, los Planes de igualdad constituyen un modelo abierto de plan de mejora, lo cual puede repercutir en su eficacia. E...

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Detalles bibliográficos
Autor principal: Saldaña Valderas, Eva
Formato: Artículo
Idioma:Castellano
Publicado: Consejo Andaluz de Relaciones Laborales 2011
Acceso en línea:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3422257
Fuente:Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 108, 2011, pags. 85-113
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Sumario: El presente estudio pretende subrayar que, desde la perspectiva de su conformación y contenido, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, los Planes de igualdad constituyen un modelo abierto de plan de mejora, lo cual puede repercutir en su eficacia. Esta afirmación descansa en el hecho de que, a excepción del señalamiento de algunas directrices, la citada disposición se limita a exponer una enumeración abierta de los posibles ítems que pueden abordarse en los mismos, permitiendo la discrecionalidad en la selección y orientación de las acciones estratégicas. A partir del examen comparativo, puede concluirse que, en ejercicio de tal facultad, estos instrumentos se ordenan al establecimiento de actuaciones bastante estandarizadas, en detrimento de otras estrategias muy necesarias, como las dirigidas a combatir la brecha retributiva existente entre trabajadores y trabajadoras mediante la erradicación de las discriminaciones indirectas. No obstante, a pesar de las carencias, es factible la localización de prácticas modélicas, enfocadas a la detección y eliminación de desviaciones en la remuneración y al tratamiento de las ventajas sociales, que deberían convertirse en la regla general.