Aspectos prácticos del Silencio Administrativo. Positivo contemplado en la Ley 142 de 1994

La omisión por parte de la autoridad de responder las peticiones, genera el silencio administrativo, el cual tendrá efectos positivos en los casos establecidos por la ley, como ocurre en materia de servicios públicos domiciliarios. De acuerdo con las normas especiales que rigen la materia, las entid...

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Main Author: Gómez Olarte, Nicolás
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad del Norte: Ediciones Uninorte 2004
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Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=2347414
Source:Revista de derecho: División de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Norte, ISSN 0121-8697, Nº. 22, 2004, pags. 156-173
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dialnet-ar-18-ART00001599312016-09-15Aspectos prácticos del Silencio Administrativo. Positivo contemplado en la Ley 142 de 1994Gómez Olarte, NicolásServicios públicossilencio administrativoLa omisión por parte de la autoridad de responder las peticiones, genera el silencio administrativo, el cual tendrá efectos positivos en los casos establecidos por la ley, como ocurre en materia de servicios públicos domiciliarios. De acuerdo con las normas especiales que rigen la materia, las entidades prestadoras de servicio deberán, dentro de las setenta y dos horas siguientes al vencimiento del plazo para decidir, reconocer al usuario el efecto positivo. El régimen jurídico colombiano establece al respecto diversos mecanismos de protección a los derechos de los usuarios que van desde las facultades especiales otorgadas a la Superintendencia de Servicios Públicos hasta las acciones de cumplimiento y tutela, de consagración constitucional.Universidad del Norte: Ediciones Uninorte2004text (article)application/pdfhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=2347414(Revista) ISSN 0121-8697Revista de derecho: División de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Norte, ISSN 0121-8697, Nº. 22, 2004, pags. 156-173spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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La omisión por parte de la autoridad de responder las peticiones, genera el silencio administrativo, el cual tendrá efectos positivos en los casos establecidos por la ley, como ocurre en materia de servicios públicos domiciliarios. De acuerdo con las normas especiales que rigen la materia, las entidades prestadoras de servicio deberán, dentro de las setenta y dos horas siguientes al vencimiento del plazo para decidir, reconocer al usuario el efecto positivo. El régimen jurídico colombiano establece al respecto diversos mecanismos de protección a los derechos de los usuarios que van desde las facultades especiales otorgadas a la Superintendencia de Servicios Públicos hasta las acciones de cumplimiento y tutela, de consagración constitucional.
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